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Preguntas frecuentes

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¿Seguirá existiendo la figura de la exclusión de limitación de jornada prevista en el artículo 22, inciso segundo del Código del Trabajo?

Dicha figura continuará existiendo, pero se limitará a quienes ejerzan labores de alta gerencia dentro de la empresa y a quienes laboren sin fiscalización superior de acuerdo con la naturaleza de sus labores.

(Ver: Artículo 1°, Ley 21.561)

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